Una modificación de una Sociedad de Responsabilidad Limitada consiste en la modificación de algunas clausulas parte del Estatuto Social, contenido en la escritura de Constitución de la empresa.
Si llegaste hasta acá quizás necesitas hacer lo siguiente:
- Incorporar a un nuevo socio
- Salir de la Sociedad en la que participas
- Modificar la forma de administración y representación de la Sociedad
- Realizar un aumento del capital
- Modificar las facultades otorgadas a los administradores
- Cambiar el objeto o giro social
- Otro motivo que implique modificar alguna(s) clausula(s) de la Escritura
Es decir, a través de esta gestión se puede modificar el Objeto o giro social, el Capital, la forma de administración, las facultades otorgadas a los administradores, clausulas anexas, o incluso cambios de socios que componen la empresa o sociedad.
¿En que sistema fue creada la Sociedad?
Lo primero que debemos saber es cual fue el sistema elegido para constituir la empresa. Dependiendo de en que sistema se encuentre inscrita la sociedad, será el procedimiento que se deberá seguir. Actualmente en Chile existen dos sistemas:
1) Sistema Tradicional. Las sociedades son inscritas en el Registro de Comercio de los Conservadores de Bienes Raíces y Comercio.
2) Sistema Electrónico o Simplificado. Vigente desde el año 2013, las empresas y sociedades son inscritas en el Registro de Empresas y Sociedades, del Ministerio de Economía.
Modificación en Sistema Tradicional
El proceso comienza con la redacción de una Escritura de Modificación por parte de un Abogado, que debe ser firmada o suscrita por la totalidad de los socios en Notaria y luego inscrita en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces y Comercio (CBR). Es importante saber que se deben pagar tasas o costos legales tanto en notaría como en el CBR.
Es habitual que el CBR realice reparos, respecto al fondo y a la forma del documento, para lo cual eventualmente deberá suscribirse otra escritura para subsanar dichos reparos.
La gestión consiste en 1 ida a notaría, por parte de los socios, y las visitas que sean necesarias por parte del Abogado o representante de los socios al CBR, para concretar la inscripción, además de una solicitud electrónica de publicación en el Diario Oficial.
El proceso finaliza con la entrega de una copia con vigencia de la inscripción en el CBR y la publicación en el Diario Oficial de la modificación realizada.
Modificación en Sistema Electrónico
El proceso comienza con la generación de un ticket de atención para Modificación, a través de un formulario de modificación de la sociedad en la plataforma del Registro de Empresas y Sociedades.
Los cambios que se hagan en el formulario deben ser los estrictamente necesarios para completar la gestión que motiva la modificación. Siempre será recomendable, si realizas una modificación por primera vez, delegar este tramite en un profesional. Dependiendo de que sea lo que se quiera modificar, eventualmente será necesario adjuntar documentos o firmar documentos habilitantes previamente en Notaría.
De las modificaciones que se realicen por esta vía, la plataforma emitirá un borrador de modificación, muy similar a una escritura de modificación en Sistema Tradicional.
Para completar la modificación es posible acudir a notaría con el número del ticket de atención o finalizar el ticket con la firma electrónica avanzada de cada uno de los socios. El proceso finaliza con la emisión electrónica de un Certificado de Estatuto Actualizado emitido por el Registro de Empresas y Sociedades.
Si tienes dudas respecto al proceso de Modificación de una Sociedad de Responsabilidad Limitada, escríbenos, nos encantaría poder apoyarte.